El T-MEC y la propiedad sobre hidrocarburos [2.3174]
DOI:
https://doi.org/10.56754/2735-7236.2023.3174Palabras clave:
Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), Inversión extranjera directa, Hidrocarburos, BoliviaResumen
El capítulo 8 del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (T-MEC) reconoce el dominio directo y la propiedad inalienable e imprescriptible del Estado respecto de los hidrocarburos mexicanos. Este trabajo pretende comprender este capítulo (1) desde la perspectiva de la metamorfosis de los acuerdos de inversión, (2) su relación con otros capítulos del T-MEC y (3) su vigencia para el Gobierno mexicano. El informe concluye que (A) el capítulo 8 es la respuesta a la incertidumbre actual del régimen internacional de la inversión extranjera y de la necesidad de ajustar los tratados de inversión; (B) el reconocimiento de la propiedad mexicana de los hidrocarburos se realiza a través de contratos gubernamentales que no interfieren con las protecciones generales para las inversiones previstas en el T-MEC; y (C) el capítulo 8 no parece una herramienta efectiva para el Gobierno mexicano porque ciertas limitaciones presentes en otras partes del acuerdo continúan aplicándose al sector de hidrocarburos, como la obligación de otorgar el mismo trato a los inversionistas estadounidenses y canadienses que a los mexicanos. Finalmente, se pone en evidencia que el capítulo 8 del T-MEC no parece ser un buen modelo a seguir para el caso boliviano.
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