La responsabilidad del proveedor electrónico en relación con la buena fe del consumidor [1.2828]
DOI:
https://doi.org/10.56754/2735-7236.2022.2828Palabras clave:
Ley 19496 establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, Responsabilidad, Proveedor electrónico, Buena fe contractualResumen
La importancia de esta sentencia radica principalmente en que modifica los criterios interpretativos que ha tenido la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago en materia de responsabilidad objetiva de los proveedores cuando ha existido un error sobre un elemento esencial de la compraventa, como es el precio de un determinado producto. Con esa sentencia, el criterio proteccionista se ubica en una posición más adecuada, ya que establece que los consumidores no pueden aprovecharse de su propio dolo cuando ha existido un error excusable en el precio para obtener réditos infundados y desproporcionados. La Corte de Apelaciones aplica en definitiva un mecanismo de control al principio pro consumidor, en el marco del carácter protector de la ley N°19496.
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